martes, 27 de agosto de 2013

AYUDAS ESTUDIANTILES - CRÉDITOS


Aranceles de Referencia 2013 

Existen dos tipos de aranceles:
  • Arancel de referencia, que es el monto de dinero máximo que entrega el Ministerio de Educación para financiar la carrera.
  • Arancel real, que es el monto de dinero que fija cada institución a las carreras que imparte.
Aranceles de Referencia vigentes para el proceso de Admisión 2013

UNIVERSIDADES

INSTITUTOS PROFESIONALES

CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA

FUERZAS ARMADAS

Un crédito es un beneficio que otorga el Estado para financiar parte o el total del arancel referencial anual de la carrera. Actualmente existen dos créditos para la Educación Superior: 

1) Fondo Solidario de Crédito Universitario (FSCU)    

2) Crédito con Garantía del Estado (Ley 20.027)




1) Fondo Solidario de Crédito Universitario (FSCU)

Características
  • Es un crédito otorgado en UTM con tasa de interés anual del 2%. Se comienza a cancelar después de 2 años de haber egresado, pagando anualmente una suma equivalente al 5% del total de ingresos que haya obtenido el año anterior.       
  • Este crédito es compatible con cualquiera de las becas de arancel y con el Crédito con Garantía del Estado, hasta un monto máximo determinado por el arancel de referencia de la carrera.    
  •  El plazo máximo de devolución es de 12 años, en general, y 15 en caso de que la deuda sea superior a 200 UTM. La recuperación de estos recursos permite que las nuevas generaciones de estudiantes también puedan solicitar estos beneficios.
Beneficios
Financia el arancel de referencia anual de la carrera.    
Requisitos
  • Ser chileno.  


  • Obtener al menos 475 puntos promedio PSU (Lenguaje y Comunicación y Matemática) en alguno de los dos últimos procesos de admisión, con el cual el estudiante fue seleccionado para ingresar a la carrera.
  • Matricularse en primer año en alguna carrera regular de pregrado, con ingreso vía PSU, impartida por alguna universidad perteneciente al Consejo de Rectores (Universidades Tradicionales) según artículo 1° del D.F.L.(Ed.) N°4 de 1981.         
  • En caso de matricularse en carreras de Medicina o Pedagogía, para hacer efectivo el crédito, la carrera debe estar acreditada ante la Comisión Nacional de Acreditación.
Apelación
  • Los estudiantes de las Universidades del Consejo de Rectores que no hayan obtenido un financiamiento igual al arancel de referencia, podrán apelar al FSCU para aumentar su porcentaje de ayuda, siempre y cuando se encuentren en cualquiera de las situaciones expresadas a continuación:

1)    Enfermedad catastrófica no cubierta por el GES (Garantías Explícitas de Salud - ex AUGE) de algún integrante del núcleo familiar. Se debe presentar certificado de enfermedad o invalidez y los gastos asociados.

2)    Hermanos en Educación Superior: se debe presentar certificado de alumno regular con los montos asociados del año en curso. 

3)   Fallecimiento del sostenedor del grupo familiar, entre el periodo de postulación a las Becas y Créditos hasta la fecha de apelación. Se debe presentar certificado de defunción.
4)   Cesantía del sostenedor del grupo familiar, ocurrida entre el proceso de postulación a las Becas y Créditos hasta la fecha de apelación. Deben presentar finiquito de trabajo del sostenedor. 


5) Todos estos antecedentes deberán presentarse en la universidad donde se    matriculó el estudiante, en los plazos y formas que se dispondrán oportunamente a través de www.becasycreditos.cl.






2) Crédito con aval del Estado (CAE)
Su principal característica es que este crédito que entrega el sistema financiero está garantizado:
  • Por la institución en la que estudia el alumno (por el riesgo de deserción académica), y
  • Por el Estado, que será garante del beneficiario, hasta que éste haya pagado por completo el crédito una vez egresado.
Está expresamente prohibido por ley exigir otras garantías, como por ejemplo avales familiares.
La garantía no significa condonación de la deuda. El responsable del pago del crédito es siempre el alumno.
El financiamiento entregado debe ser devuelto en los plazos que establece la ley, con un interés sobre el capital original y una comisión de administración.
Otras características
  • Una vez asignado, el beneficio se extiende por toda la carrera, sin necesidad de postular nuevamente. Sin embargo, como el financiamiento consiste en desembolsos anuales, el beneficiario debe renovar su crédito, realizando cada año el trámite de matrícula en su institución, en los plazos que determine la casa de estudios, e indicando en www.ingresa.cl el monto que va a requerir para el año siguiente.
  • El alumno puede pedir el monto que se ajuste a sus necesidades y modificar todos los años ese valor, al momento de renovar su beneficio.
  • El monto mínimo de crédito que se puede solicitar es $200.000 y el máximo es el 100% del Arancel de Referenciaestablecido anualmente por el Ministerio de Educación para cada carrera e institución (www.becasycreditos.cl). Normalmente el Arancel de Referencia es menor que el arancel real de la carrera. La diferencia debe ser financiada por el estudiante.
  • Si por alguna circunstancia y sólo una vez matriculado con crédito en una institución del Sistema, el alumno decide que no requiere de financiamiento para cubrir uno o más años de su carrera, puede pedir valor cero, sin perder el beneficio (lo que significará que costeará por cuenta propia ese(os) año(s) de estudio). Si es nuevo beneficiario del crédito, de igual modo debe firmar en el banco aunque sea por monto cero, de manera de activar el beneficio.
  • El beneficiario tiene derecho a cambiarse una vez de institución/carrera sin perder el beneficio. El cambio se contabilizará sólo en el caso de que el alumno efectivamente utilice el crédito en su nueva carrera. Para hacer el cambio de carrera/institución, el beneficiario debe:
    • matricularse en el plazo máximo de 12 meses desde que abandona la anterior institución/carrera (de lo contrario será declarado desertor académico) y
    • asegurarse de que la nueva casa de estudios también forma parte del Sistema de Crédito con Garantía Estatal y lo acepta como alumno matriculado con crédito.
  • Se favorece la continuidad de estudios, puesto que el alumno puede seguir una carrera profesional al terminar una carrera técnica, con el mismo beneficio o con un segundo crédito.
  • Para este Crédito, que se otorga en UF y que está afecto al Impuesto de Timbres y Estampillas, existen tres plazos de pago: 10, 15 y 20 años, dependiendo de la duración de la carrera, del nivel de estudios en que esté el beneficiario y, en consecuencia, del monto total que adeudará. A menor monto, menor plazo de pago.
tabla-asi-se-aprende
  • La tasa de interés es fija para todo el plazo de cada uno de los créditos otorgados y es de UF + 2% anual.
  • El cobro del Crédito se hace efectivo:
    • Al egreso: cumplidos 18 meses desde que la institución registra al beneficiario como alumno egresado en el Sistema del Crédito (las instituciones de educación superior actualizan el estado académico de los beneficiarios, incluyendo el egreso, en marzo de cada año).
    • En caso de deserción académica: si el beneficiario NO es informado como alumno matriculado durante dos años consecutivos, declarándose su deserción. En tal caso, el cobro de la deuda se hará efectivo en el mes de octubre del segundo año sin matrícula informada.
  • El beneficiario puede acceder, vía postulación, al pago de cuotas rebajadas al 10% de su renta bruta promedio del último año, si el valor de su mensualidad excede ese monto. El Pago Contingente a la Renta dura 6 meses, período prorrogable todas las veces que sea necesario, acreditando en cada oportunidad las rentas de los últimos 12 meses.
  • En caso de cesantía, el deudor puede solicitar a Comisión Ingresa la suspensión del cobro por seis meses, período que se puede renovar todas las veces que sea necesario. Asimismo el alumno egresado puede solicitar suspensión de pago del Crédito por un máximo de tres años si acredita que está cursando un Magíster en el extranjero, o por un máximo de cuatro años, si se trata de un Doctorado.
  • El Crédito incluye seguro de desgravamen e invalidez sin costo para el alumno


GUÍA DE ACREDITACIÓN SOCIECONOMICA




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